Atención y asistencia en siniestros: 8000626861
Protege tu casa y sus contenidos.
Pagando $480 pesos anuales, te cubres $50,000 en daños
Descubre cómo funciona
¿Se te rompió un cristal o tu tele?
¿Tiraste el café en tu computadora?
¿Se te cayó tu tablet?
¿Se descompuso el calentador?
NO CUBRE TERREMOTO, ERUPCIÓN VOLCÁNICA NI FENÓMENOS HIDROMETEOROLÓGICOS
Concepto y ejemplos | Paquete 1 | Paquete 2 | Paquete 3 | Paquete 4 |
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Daños paredes, pisos y puertas
· Explotó accidentalmente el boiler |
$50,000 | $100,000 | $150,000 | $200,000 |
Equipo eléctrico y electrodoméstico
· Hubo un pico de voltaje y los quemó |
$20,000 | $40,000 | $60,000 | $80,000 |
Rotura de cristal
· Se cayó el cancel de la regadera |
$5,000 | $10,000 | $15,000 | $20,000 |
Robo de contenidos
· Se metieron a tu casa y se llevaron |
$10,000 | $20,000 | $30,000 | $40,000 |
Daños a casa del vecino u otra persona
· Tus hijos rompieron la ventana del vecino |
$50,000 | $100,000 | $150,000 | $200,000 |
Asistencia en plomería, electricidad y cerrajería
· Te quedaste sin llaves |
$17,525 sin importar los paquetes contratados |
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Límite máximo de cobertura por paquete |
$50,000 | $100,000 | $150,000 | $200,000 |
Protege tu casa y sus contenidos
Pagas $40 pesos mensuales/ $480 anuales y te cubre hasta $50,000
Puedes ampliar la suma asegurada hasta 4 veces. Pagando:
• $40 mensuales/$480 anuales
te cubre $50,000
• $80 mensuales/$960 anuales
te cubre $100,000
• $120 mensuales/$1440 anuales
te cubre $150,000
• $160 mensuales/$1920 anuales
te cubre $200,000
No cubre:
Terremoto y/o Erupción Volcánica y Fenómenos Hidrometeorológicos.
Cubre las siguientes categorías:
• Construcción y contenidos
• Cristales 4mm
• Robo de contenidos
• Dinero y Valores
• Responsabilidad Civil Privada y Familiar
• Asistencias
Para todos los casos y coberturas hay sublímites
• Edificio: Daños materiales
$50,000
• Remoción de escombros
$5,000
• Gastos
Extraordinarios
$5,000
• Robo de contenidos
$10,000
• Rotura de cristales
$5,000
• Equipo electrónico y electrodoméstico
$20,000
• Dinero y Valores
$5,000
• RC familiar
$50,000
• Asistencias
$17,525 ***
***
sin importar
la suma
asegurada contratada
Todo siniestro debe ser mayor a $1,000 MN para ser indemnizado.
No hay deducible ni coaseguro
Se paga a valor de reposición
Asegúrate en línea en menos de 5 minutos
Te reembolsamos en menos de 3 días
Construcción
material de la vivienda, sus dependencias y construcciones adicionales en el mismo
predio, incluyendo los niveles bajo el piso a los cuales tengan acceso como sótanos y
estacionamientos, así como las instalaciones para los servicios de agua, saneamiento,
electricidad,
calefacción y refrigeración, teléfono y demás partes fijas al inmueble.
Contenidos tales como el menaje en general consistente en muebles, enseres domésticos, ropa,
libros, herramientas, efectos personales, objetos de decoración, artículos d
e uso personal, equipo
electrónico doméstico y demás similares.
Todo riesgo de daño físico material causado directamente en forma accidental, súbita e imprevista,
que no se encuentre específicamente excluida en la póliza, quedando expresamente excluido
los
riesgos de Terremoto y/o Erupción Volcánica y Fenómenos Hidrometeorológicos.
Con espesor mínimo de 4 milímetros. Se cubre las pérdidas o daños causados por:
a) Rotura accidental, súbita e imprevista.
b) Instalación y remoción.
c) Reparaciones, alteraciones, mejoras o pintura del hogar o del cristal o cristales
asegurados.
d) Actos vandálicos, mientras los cristales se encuentren debidamente instalados.
a) Robo perpetrado o intento del mismo dentro de inmueble, au
n cuando no se dejen
señales visibles de violencia del exterior al interior del inmueble por donde se penetró.
b) Robo por asalto, cometido dentro del inmueble materia del seguro mediante el uso de la
fuerza física o de la violencia moral sobre las personas que la ocupan.
c) Daños materiales con motivo de robo, robo por asalto, o de tentativa, al inmueble o a sus
contenidos.
Se cubre dinero en efectivo, en metálico o billetes de banco, valores y otros documentos
negociables y no negociables, propiedad del asegurado, dentro y fuera del domicilio asegurado,
por lo siguientes riesgos:
a) Robo con violencia y/o Asalto.
b) Incendio y/o explosión.
c) Incapacidad física de la persona portadora debida a accidente o enfermedad repentina,
lesiones corporales.
d) Accidentes del vehículo que transporta a las personas responsables del manejo de los
bienes asegurados.
Que se encuentren dentro de la casa habitación. Cualquier otro aparato de uso común en una casa
habitación, que requiera para su funcionamiento de energía eléctrica, eólica y/o solar y/o combustible.
a) Acción directa de la energía eléctrica como resultado de cortos circuitos, arcos voltaicos
y otros efectos similares, así como daños directos derivados d
e la acción indirecta de
electricidad atmosférica.
b) Cuerpos extraños que se introduzcan a los bienes asegurados.
c) Defectos de mano de obra y montaje incorrecto.
d) Errores en diseño, defectos de construcción, fundición y uso de materiales defectuosos.
e) Impericia, descuido, sabotaje.
f) Rotura por fuerza centrífuga.
g) Explosión de los bienes asegurados.
Cubre la responsabilidad civil legal en que incurra el asegurado por daños a terceros, derivado de las
actividades
privadas y familiares, en cualquiera de los siguientes supuestos:
I. Como propietario, arrendatario o condómino de la casa habitación o vivienda.
a) Por daños ocasionados a consecuencia de incendio o explosión en o del inmueble.
b) Por daños a consecuencia de derrame de agua accidental e imprevisto.
c) Por la práctica de deportes como aficionado.
d) Por el uso de bicicletas, patines, embarcaciones de pedal o de remo y vehículos
no motorizados, así como carros de golf de su propiedad dentro de las
instalaciones autorizadas
e) Por la tenencia o uso de armas blancas, de aire o fuego, para fines de cacería o de tiro al blanco,
siempre y cuando
el Asegurado esté legalmente autorizado para tenerlas o portarlas y para manejarlas
f) Como propietario de animales domésticos, de caza y guardianes.
II. Como arrendatario de la casa habitación o vivienda.
a) La responsabilidad civil legal por daños que, por incendio o explosión, se cause
al inmueble tomado en arrendamiento, para ser usado como habitación, siempre que dichos daños le sean
imputables.
III. Como condómino de departamento o casa habitación.
a) Como condómino de departamento o casa habitación y la responsabilidad de las áreas comunes.
b) La responsabilidad civil legal del asegurado por daños
ocasionados a las áreas
comunes del condominio en el cual tenga su habitación. La indemnización que
corresponda se descontará un porcentaje equivalente a la cuota del asegurado
como propietario de dichas áreas comunes.
Cobertura Adicional:
Cobertura hacia trabajadores domésticos.
Gastos médicos erogados por accidente de trabajo que sufran los trabajadores
domésticos en el desempeño de sus tareas relacionadas al servicio doméstico; así
como aquellas personas que no residan de forma permanente en el domicilio y que efectúen una labor de
mantenimiento del inmueble, casa habitación o vivienda.
Gastos de Defensa.
Se cubren los gastos de defensa legal del asegurado que incluye la tramitación
judicial, la extrajudicial, así como el análisis de las reclamaciones de terceros, aún
cuando ellas sean infundadas, y las cauciones y primas de fianza requeridas
procesalmente, hasta una suma del 50% del límite máximo asegurado para la
cobertura de Responsabilidad Civil.
Que se encuentren dentro de la casa habitación. Cualquier otro aparato de uso común en una casa
habitación, que requiera para su funcionamiento de energía eléctrica, eólica y/o solar y/o combustible.
a) Consejo jurídico vía telefónica.
b) Gastos funerarios para el titular de la póliza.
c) Servicios de emergencia en plomería, electricidad y/o cerrajería.
Límite máximo de responsabilidad:
• Servicios de asistencia: Sin exceder $ 17,525.00 M.N. En el agregado anual
• Gastos funerarios: Sin exceder $ 16,824.00 M.N. Opera únicamente para el titular de la
póliza.
No, sólo cubrirá los bienes que se encuentran dentro de domicilio emitido en la póliza.
A partir de $ 5, 000 y depende del paquete contratado.
Sí.
No, ya que una vez reportado el siniestro el ajustador retira el bien afectado e indemniza de acuerdo al valor comercial.
a) Mediante la cabina de siniestros GMX 55.84.17.36 o 800.21.53.455
b) Mediante la página web www.gmx.com.mx
Sí, BBVA 3,6 y 12 msi, Santander 3 y 6, Banamex 3 y 6, Banorte 3 y 6 así como AMEX 3 Y 6
No.
1
¿Ya te pasó?
Pasos para recibir tu dinero
Reporta el siniestro a GMX
2
Acuerda fechas de visita
con el ajustador
3
Visita al asegurado en su domicilio
4
Se realiza el pago dentro de
los siguientes 3 días hábiles
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